DISPOSICIÓN DE ANSES
Fijan pautas para incluir a autónomos y monotributistas en la moratoria previsional
La medida se enmarca en la ley Nº 26.970, que dispuso a fines del mes pasado una moratoria previsional mediante la cual se incorporarán al sistema casi medio millón de nuevos jubilados.
La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) estableció hoy el proceso general para la tramitación de prestaciones de trabajadores autónomos -inscriptos o no el Sistema Integrado Previsional Argentino (Sipa)- y los sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, que hayan cumplido o cumplan la edad jubilatoria.
La medida se enmarca en la ley Nº 26.970, que dispuso a fines del mes pasado una moratoria previsional mediante la cual se incorporarán al sistema casi medio millón de nuevos jubilados.
Los futuros beneficiarios podrán regularizar los aportes por el período que va desde 1993 a 2003 con un plan de pagos de 60 cuotas, que serán descontadas del haber previsional.
El trámite de adhesión al régimen especial de regularización de autónomos y monotributistas se efectuará ante la Anses, que asignará al interesado un turno por medio de la telefonía celular, Internet o mediante un llamado a una Unidad de Atención Integral (Udai) del organismo.
En el primer caso -según detalla la resolución 540, publicada hoy en el Boletín Oficial- se deberá enviar un mensaje de texto “SMS” al número 26737, informando los siguientes datos: Documento Nacional de Identidad (DNI) y sexo del interesado.
Si el contacto es a través del sitio web de Anses o mediante el llamado al número 130 de la Udai, además del DNI y el sexo se deberá informar la prestación previsional solicitada y los datos de contacto.
A fin de determinar el derecho a una prestación previsional, el organismo realizará las evaluaciones patrimoniales y socioeconómicas previstas y los respectivos controles de incompatibilidad, con el fin de evaluar el derecho que pudiere corresponder al titular.
Para la inclusión en el régimen se tendrán en cuenta los ingresos brutos anuales percibidos, que no deberán superar los límites vigentes para el derecho a la percepción de la asignación familiar; los sueldos brutos en relación de dependencia; haberes previsionales brutos, y los ingresos declarados en el impuesto a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
TambIén se evaluarán las manifestaciones patrimoniales en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales, así como la tenencia de autos, aeronaves o embarcaciones de más de 9 metros de eslora.
Quedarán excluidos del régimen aquellas personas con gastos o consumos que superen en más de 30% los ingresos brutos declarados, para lo cual se tendrán en cuenta los gastos efectuados con tarjetas de crédito y/o débito.
El "Diagrama de proceso general para la tramitación de prestaciones", que lleva la firma del titular de la Anses, Diego Bossio, señala que la moratoria apunta a mantener “altas tasas de cobertura pasiva", y tiende progresivamente a "la universalidad de las prestaciones previsionales para las personas en edad jubilatoria”. IMPRIMIRACCESIBLEACCESIBLE
Lunes, 22 de septiembre de 2014
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