ARGENTINA
Habilitan la inscripción de empresas para acceder al ATP 4
La AFIP habilitará el sistema de registro online para la cuarta ronda del Programa que incluye la asistencia en el pago de salarios de julio a empleados del sector privado.
El Gobierno oficializó las nuevas condiciones para el otorgamiento de los beneficios contemplados en el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), a través de la decisión administrativa 1343/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma aceptó las recomendaciones incluidas en el acta número 19 emitida por el Comité de Evaluación y Monitoreo del ATP.
Así, el Salario Complementario para trabajadores de empresas que desarrollan actividades afectadas en forma crítica será equivalente al 50% del sueldo neto, y no podrá ser inferior al equivalente a un salario mínimo vital y móvil ni superior a dos SMVM.
Asimismo, el Salario Complementario no podrá arrojar como resultado que el trabajador obtenga un beneficio superior a su sueldo neto correspondiente a mayo último.
En el caso de los trabajadores de empresas que desarrollan actividades no afectadas en forma crítica, el Salario Complementario no podrá ser superior a la suma equivalente a 1,5 SMVM, ni a su salario neto correspondiente a mayo.
Este beneficio lo recibirán aquellas empresas que presenten una variación nominal de facturación interanual negativa, comparando junio de 2020 con el mismo mes de 2019.
Miércoles, 29 de julio de 2020
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