Rio Gallegos - Santa Cruz. 23 de Noviembre del 2024
DESPENALIZACION DEL ABORTO

¿Qué dice el nuevo Código Penal sobre el aborto no punible?

El presidente de la Comisión de Reforma del Código Penal Mariano Borinsky confirmó que el proyecto de ley que será presentado el próximo 21 de agosto incluye la posibilidad de no penalizar a las mujeres que aborten, pero aclaró que esa decisión quedará a criterio de excepcionalidad del juez que tome el caso.



El presidente de la Comisión de Reforma del Código Penal Mariano Borinsky confirmó que el proyecto de ley que será presentado el próximo 21 de agosto incluye la posibilidad de no penalizar a las mujeres que aborten, pero aclaró que esa decisión quedará a criterio de excepcionalidad del juez que tome el caso. También ratificó que no habrá sanción para las embarazadas producto de una violación que interrumpan el desarrollo embrionario.

"Se trata de un nuevo Código Penal, el actual tiene casi 100 años de vigencia, y será un nuevo contrato con la sociedad que trate todos los temas, como la inseguridad, el narcotráfico, los delitos de funcionarios públicos, el medio ambiente y también el tema del aborto, que ha generado grandes debates en la Argentina", dijo el juez de la Sala IV de la Cámara de Casación Federal Penal.

A horas del rechazo del Senado a la ley que habilitaba la interrupción voluntaria del embarazo en todos los casos, Borinsky aseguró tanto los que "sostenían" la despenalización, como los que estaban a favor de la penalización, consideraban que había que hacer modificaciones al Código. En la actualidad, por realizarse un aborto una mujer puede recibir entre uno y cuatro años de cárcel.

Por ese motivo, la Comisión fijó una "posición en lo que tiene que ver con la base que venía de 1921, la previsión legal, pero con una serie de excepciones que contemplen todos los derechos: el del niño por nacer y el de la mujer y la libre disposición de su cuerpo".

"Habrá excepciones a la punibilidad, que ya están establecidas por la Corte Suprema en el caso F.A.L, como los casos de abusos sexuales, que no habían sido incorporados, y ahora sí. Esto genera la necesidad de no tener que llevar adelante estos expedientes judiciales porque ya va a estar escrito en la letra de la ley", detalló el experto en derecho penal.

En 2012 el máximo tribunal sentó jurisprudencia al declarar que las mujeres violadas, sean normales o insanas, podrán practicarse un aborto sin necesidad de autorización judicial previa ni temor a sufrir una posterior sanción penal. Esa decisión se tomó en el caso de una adolescente de 15 años, identificada como A.G. para preservar su intimidad, que había sido abusada por su padrastro, un oficial mayor de la policía de Chubut. Ahora los integrantes de la Comisión incorporando ese fallo al anteproyecto de ley, donde casi 900 leyes se sistematizarán en 550 artículos.

En concreto, Borinsky dijo que el aborto "no va a ser punible cuando se verifique abuso sexual o peligro para la vida de la mujer, su integridad o peligro para su salud física o mental", conforme al estándar de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El magistrado aclaró que en los casos de interrupción voluntaria del embarazo "no va a haber sanción a la mujer, porque por fuera de los casos de excepción, el juez podrá dejar en suspenso la punibilidad o eximirla de un sanción penal". Así, las penas menores a tres años podrían ser sustituidas por actividades obligatorias en una entidad de bien público.

Según el titular de la Comisión redactora del texto que será presentado el 21 de agosto próximo, la posibilidad de no condenar a la mujer es otra de las modificaciones que se introduce para abarcar "los intereses de toda sociedad" argentina. "En los casos que hoy están previsto como delitos, que no tienen ningún supuesto de excepción, el juez podrá eximir de pena, o también teniendo en cuenta las particularidades, dejarla en suspenso o algún tipo de tarea comunitaria para las mujeres", indicó.

Al ser consultado sobre si un juez de Formosa o Córdoba puede, quiere o desea igualmente penalizar a la mujer que se realizó un aborto, Borinsky dijo que sí. "Efectivamente", respondió y agregó que en los últimos 10 años según las estadísticas del Ministerio Público Fiscal se detectaron unos 60 o 70 casos judiciales. "Va a ser el juez el que determine el supuesto de excepción y dejar eximida de pena, o sea que no tenga sanción penal", insistió.

En este marco, aclaró que el delito de aborto seguirá penado y tendrá sus consecuencias el médico o quién lo ejerza. "Seguirá penalizado tal como se venía haciendo", señaló.

El magistrado también reveló que se incluirá la figura de la "violencia obstétrica" en el nuevo Código. "Era otro de los temas importantes, que tiene que ver con las nuevas tendencias", explicó.

Además de Borinsky, la Comisión está conformada por el fiscal Pablo Nicolás Turano; el director nacional de Política Criminal en materia de Justicia y Legislación Penal, Carlos Mauricio González Guerra; los camaristas Carlos Alberto Mahiques y Patricia Marcela Llerena; el procurador general de Salta, Pablo López Viñals; el juez de tribunal oral Guillermo Jorge Yacobucci; los secretarios letrados de la Procuración General de la Nación, Fernando Jorge Córdoba, y de la Corte Suprema de Justicia, Patricia Susana Ziffer, y los representantes del Ministerio de Desarrollo Social, Yael Bendel, y del Ministerio de Seguridad, Guillermo Soares Gache. (Fuente: Ambito Financiero)


Viernes, 10 de agosto de 2018


 
 


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