Reforma tributaria
En 2018, no pagarán Ganancias los salarios inferiores a $ 39.495 mensuales
Es el ingreso neto promedio para un empleado casado con dos hijos; la AFIP oficializó la suba del 29% en las variables que definen quiénes y cuánto tributan; implica un alivio en la carga.
En 2018, el salario mensual promedio más bajo que estará alcanzado por el impuesto a las ganancias será de $ 29.855 (después de descuentos) o de $ 35.970 (monto bruto), en el caso de los trabajadores en relación de dependencia que no tienen familiares a su cargo y que tampoco aplican otras deducciones. Para un asalariado que aplica deducción por dos hijos (por ser menores de 18 años o estar incapacitados para el trabajo) y por cónyuge (porque no tiene ingresos propios o, si los tiene, son muy bajos), el menor ingreso mensual promedio gravado por Ganancias será de $ 39.495 (neto) o de $ 47.584 (importe en bruto).
Estas cifras surgen de calcular los efectos del incremento de las variables que determinan quiénes y cuánto pagan de impuesto, que ayer oficializó la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Como había anticipado LA NACION la semana pasada, la suba de las deducciones del tributo y, por lo tanto, de los mínimos no imponibles, es cercana al 29% (exactamente, del 28,77%). ¿A qué responde ese porcentaje? Es la variación que registró, entre octubre de 2016 e igual mes de este año, la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte). Es un índice que muestra la evolución de los salarios activos y que fue el elegido para la actualización de las variables por la ley 27.436, que el año pasado modificó algunos aspectos del tributo a las ganancias.
Por lo que indica esa ley, a partir de 2018 no solamente se actualizan los montos de las deducciones que determinan los mínimos no imponibles, sino también los valores de los ingresos tope para que los contribuyentes queden alcanzados por una u otra alícuota del impuesto según su nivel salarial. Como el impuesto es de determinación anual, las cifras que surgen son también anuales; por eso, las citadas en el primer párrafo son promedios mensuales e incluyen el proporcional del aguinaldo. (Fuente: La Nación)
Miércoles, 20 de diciembre de 2017
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