Rio Gallegos - Santa Cruz. 14 de Noviembre del 2024
ELECCIONES 2015

Las redes sociales fuera de la ley de Veda Electoral

Las nuevas tecnologías y formas de comunicación quedaron exentas de las prohibiciones y regulaciones que comenzaron a regir desde hoy. Si bien los candidatos pueden realizar todavía campañas virtuales, muchos se han llamado al silencio en internet. La militancia de todos los partidos sigue intentando captar votos a través de la red de redes.



Hoy comenzó a regir la veda electoral en Argentina, de cara a las elecciones generales del próximo domingo. Con la totalidad de las campañas cerradas ayer, desde hoy se encuentran prohibido los actos partidarios, la entrega de boletas y en general todo tipo de propaganda política con el objetivo de captar votos. Las restricciones comienzan 48 horas antes de los comicios, pero tienen un recoveco legal que deja fuera a las redes sociales. Por esto, tanto Facebook como Twitter se encuentran por fuera de la veda electoral. De todas maneras, al amyorìa de los candidatos ha preferido mantenerse dentro de la ley y han preferido el silencio en las plataformas de comunicación.
Por su parte, el Municipio emitió ayer un comunicado de prensa donde recordó:
• “Bares/Casinos/Locales de entretenimiento nocturnos: De acuerdo a lo detallado, sólo podrán abrir sus puertas hasta las 20 horas del día sábado 24 de octubre de 2015, pudiendo reanudar sus actividades de manera normal, el domingo 25 de octubre a partir de las 21 horas.
• Venta de alcohol: Se prohíbe la venta de alcohol en todos los rubros desde las 20 horas del día sábado 24 y hasta las 21 horas del día domingo 25. Los comercios destinados al expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas deberán cerrar sus puertas desde las 8 y hasta las 21 horas del domingo 25 de octubre.
• Rees masivas: Durante el período en que se desarrolle la elección (desde las 8 y hasta las 21 horas del domingo 25, queda prohibida la realización de rees en ámbitos cerrados y espectáculos al aire libre, de acuerdo a los establecido en el Artículo 71, inciso B del Código Electoral Nacional, La Ley Nº 12.080 “…espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados , fiestas teatrales, deportivas y toda clase de rees públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas las tres horas de ser clausurado…”
• Sin Campaña: Los partidos políticos tienen prohibido realizar actos y publicidad política desde el viernes 23 de octubre a las 8 horas y hasta el cierre de la elección. Los mismos no pueden abrir sus locales partidarios si se encuentran a 80 (ochenta) metros o menos del lugar en que hubieren mesas receptoras de votos.
• Encuestas: Se prohíbe publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre resultados de la elección durante el desarrollo de los comicios y hasta tres después de su cierre.
• Entrega de Boletas: No se podrán entregar boletas de sufragio “dentro de un radio de 80 (ochenta) metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino”. El eventual incumplimiento de esa normativa, dará lugar a que la Secretaría de Control corra vista de lo actuado a la justicia interviniente, a fin de que aplique las sanciones previstas en el artículo 136 del Código Nacional Electoral.
• Cines: No se permitirá el funcionamiento de salas de cine
• Votantes: Los electores no pueden portar armas, usar banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.


Viernes, 23 de octubre de 2015


 
 


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