Prohibiciones vigentes
Veda Electoral en Río Gallegos
La Municipalidad de Río Gallegos, a través de la Dirección de Comercio, informa a la comunidad las diferentes prohibiciones por vedas electorales establecidas en el Código Electoral
Con motivo de la realización de las Elecciones Generales del domingo 25 de octubre de 2015. • Bares/Casinos/Locales de entretenimiento nocturnos: De acuerdo a lo detallado, sólo podrán abrir sus puertas hasta las 20 horas del día sábado 24 de octubre de 2015, pudiendo reanudar sus actividades de manera normal, el domingo 25 de octubre a partir de las 21 horas. • Venta de alcohol: Se prohíbe la venta de alcohol en todos los rubros desde las 20 horas del día sábado 24 y hasta las 21 horas del día domingo 25. Los comercios destinados al expendio de todo tipo de bebidas alcohólicas deberán cerrar sus puertas desde las 8 y hasta las 21 horas del domingo 25 de octubre. • Rees masivas: Durante el período en que se desarrolle la elección (desde las 8 y hasta las 21 horas del domingo 25, queda prohibida la realización de rees en ámbitos cerrados y espectáculos al aire libre, de acuerdo a los establecido en el Artículo 71, inciso B del Código Electoral Nacional, La Ley Nº 12.080 “…espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados , fiestas teatrales, deportivas y toda clase de rees públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas las tres horas de ser clausurado…” • Sin Campaña: Los partidos políticos tienen prohibido realizar actos y publicidad política desde el viernes 23 de octubre a las 8 horas y hasta el cierre de la elección. Los mismos no pueden abrir sus locales partidarios si se encuentran a 80 (ochenta) metros o menos del lugar en que hubieren mesas receptoras de votos. • Encuestas: Se prohíbe publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre resultados de la elección durante el desarrollo de los comicios y hasta tres después de su cierre. • Redes Sociales: A diferencia de lo que sucede con los medios masivos de comunicación, Facebook o Twitter no están alcanzados por la veda electoral, por lo que estas dos redes sociales no están reguladas por el control de la difusión de datos en las 48 horas previas al comicio. Sin embargo, si se aplica para YouTube. • Entrega de Boletas: No se podrán entregar boletas de sufragio “dentro de un radio de 80 (ochenta) metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino”. El eventual incumplimiento de esa normativa, dará lugar a que la Secretaría de Control corra vista de lo actuado a la justicia interviniente, a fin de que aplique las sanciones previstas en el artículo 136 del Código Nacional Electoral. • Cines: No se permitirá el funcionamiento de salas de cine • Votantes: Los electores no pueden portar armas, usar banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
Jueves, 22 de octubre de 2015
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