BOLETÍN OFICIAL
La AFIP oficializó el plan especial de facilidades de pago de deudas impositivas y previsionales
Se trata del plan para el pago de obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduanera, anunciado ayer por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner en cadena nacional.
La medida, publicada en el Boletín Oficial mediante la resolución general 3756, abarca las deudas vencidas al 28 de febrero de 2015, inclusive, que podrán ser canceladas en 120 cuotas mensuales con un interés de financiamiento de 1,90% mensual y pago inicial del 7% del total de la deuda.
En el caso de empresas y comercios, la normativa establece, entre otras condiciones, la “obligatoriedad de mantener los puestos de trabajo registrados en diciembre de 2014 y de cumplir con las obligaciones corrientes, vencidas con posterioridad al 28 de febrero de 2015”.
De adherir al plan, las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, excepto la primera, la que cancelará el 7% del total de la deuda consolidada.
Asimismo, el monto de cada cuota deberá ser igual o superior a 500 pesos, excepto para aquellos sujetos adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas), la cual deberá ser igual o superior a 150 pesos, añade la disposición de la AFIP.
La adhesión al régimen deberá formalizarse hasta el día 31 de mayo próximo.
En los considerandos de la resolución general se destaca que “dentro de las medidas impulsadas por el Poder Ejecutivo Nacional, la política fiscal constituye una herramienta esencial para garantizar un adecuado financiamiento del gasto y la inversión pública”.
En ese marco, se indica que "en consonancia con dicha política, el Poder Ejecutivo Nacional ha encomendado” a la AFIP “facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento voluntario de sus obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras, cuya aplicación, percepción y fiscalización tiene a su cargo, sin que ello implique una condonación, total o parcial, de deudas o liberación de los correspondientes accesorios y multas”. IMPRIMIRACCESIBLEACCESIBLE
Viernes, 27 de marzo de 2015
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